LESION ENORME

LESIÓN ENORME

La lesión enorme es la afectación que recibe el vendedor por el pago del precio si este es inferior a la mitad del valor real (precio justo) de la cosa vendida.
En el Derecho antiguo no se protegía al vendedor por lesión enorme porque el vender y comprar suponían una actividad económica libre e interesada. Sin embargo, en bastantes ocasiones el vendedor sufría lesión enorme sin pode exigir la rescisión del contrato.[1]
En la época del Imperio, más exactamente con el Emperador Diocleciano y Maximiano[2], se estableció que debía haber cierta proporción entre el valor de la cosa y el precio pagado por ella (justo precio). Si tal proporción no existiese en un contrato de compraventa, se podía exigir la anulación del contrato.[3] Si el vendedor pide la rescisión del contrato, el comprador puede evitarla pagando el justo precio faltante.[4]
El derecho romano, en caso de lesión enorme solo protegió al vendedor, puesto que se consideró siempre que es quien se encuentra en estado de necesitad económica al verse obligado a vender la cosa a cualquier precio; se consideró estar en condiciones económicas inferiores a las del comprador.
La acción judicial mediante la cual el vendedor podía pedir la rescisión del contrato de compraventa es llamada acción rescisoria, únicamente a la cabeza del vendedor. Ésta procedía sobre cosas muebles e inmuebles.[5]






[1] MEDELLÍN F., Carlos,  MEDELLÍN J., Carlos A, MEDLLÍN B., Carlos. Lecciones de derecho romano. Edición 200. Bogotá: Editorial Temis S.A. Pág. 245.
[2] Ibídem.
[3] [3] JARAMILLO VÉLEZ, Lucrecio. Derecho Romano. Medellín: Editorial Universidad de Antioquia, 1970. Pág. 101. Tom. II.
[4] Ibídem.
[5] MEDELLÍN F., Carlos,  MEDELLÍN J., Carlos A, MEDLLÍN B., Carlos. Lecciones de derecho romano. Op. Cit., Pág. 245.N ENORME